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SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE LIBROS CONTABLES ELECTRÓNICOS

En esta página podrá realizar Declaración Jurada con el fin de obtener la autorización del SII para acogerse a los Libros Contables Electrónicos.

Es requisito indispensable que posea los respectivos Códigos de Autorización de Libros (CAL). Si Ud. es emisor electrónico de Documentos Tributarios Electrónicos (DTE) sólo requiere CAL de Libros Contables (Diario, Mayor, Balance). Si Ud. no es emisor electrónico requiere además CAL de los Libros de Compra y Venta.


DECLARACION JURADA
Como representante legal del contribuyente, RUT - , declaro que:

1.- El contribuyente cumple los requisitos técnicos establecidos en la Resolución EX. SII N°150 de 2005, según lo siguiente

Tipo de Libros

Especificar medio de obtención de Código de Autorización de Libros

Libros Contables: Diario, Mayor, Balance

Endosado por terceros

 

Empresa de Software

Rut de holding al cual pertenece el contribuyente

Prestador de Servicios Contables

Indicar Rut de tercero que endosará Código de Autorización de estos libros

                              -

Libros de Compra y Venta

No lo requiere. Contribuyente es emisor electrónico

Endosado por terceros

 

Empresa de Software

Rut de holding al cual pertenece el contribuyente

Prestador de Servicios Contables

Indicar Rut de tercero que endosará Código de Autorización de estos libros

                              -

2.- El contribuyente se compromete a cumplir las normas establecidas en la citada resolución, a incorporar los libros digitales que el SII agregue a esta modalidad en los plazos que se establezcan y a efectuar las declaraciones y pagos de impuestos vía Internet, en la medida que se establezcan aplicaciones con tal objeto.

3.-  Solicita autorización para acceder al modelo de operación de Contabilidad Electrónica, a partir del año comercial (año actual o año comercial siguiente).

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